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Memorias del Congreso Latinoamericano Derecho de Costa Rica.

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Memorias del Congreso Latinoamericano Derecho de Costa Rica.

Tenemos el agrado de informales que la ponencia de nuestro Socio, Santiago Naranjo Mendoza, ha sido publicada en el libro:

Memorias del Congreso Latinoamericano Derecho de Costa Rica.

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Sentencia condenatoria en contra de un miembro de la Policía Nacional – Comentario Penal

El 19 de Enero del 2022, se emite sentencia condenatoria, en contra de un miembro de la Policía Nacional, tras haberse suscitado un proceso de colaboración en el año 2021 en el que dio como resultado, dos presuntos delincuentes muertos; en la actualidad ha generado varias opiniones tanto desde la ciudadanía, así como desde los profesionales del derecho, y es importante analizar los preceptos que conllevaron a dicha decisión.

La extralimitación en un acto de servicio, es uno de los tipos penales que forman parte del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en el cual, se norma el uso progresivo o racional de la fuerza, que a su vez, se encuentra regulado por el Código Orgánico de Las Entidades De Seguridad Ciudadana Y Orden Público (COESCOP), que establece que, dentro de ellas, los miembros de la fuerza pública deberán realizar el ejercicio de sus funciones comprendiendo la prevención, disuasión, reacción, uso legítimo, progresivo y proporcionado de la fuerza, investigación de la infracción e inteligencia antidelincuencial, en aplicación de principios como son la legalidad, necesidad, y, proporcionalidad. Estableciendo así los niveles del uso progresivo o racional de la fuerza del personal policial y servidores del cuerpo de seguridad y vigilancia penitenciaria. Así también es importante que se analicen las causas de exclusión de la antijuricidad en los que puede estar enmarcada la actuación policial, pero ésta, deberá cumplir todos los requisitos, a fin de no vulnerar el debido proceso y actuar en garantía a los derechos establecidos por la Constitución de la República del Ecuador.

Es así, que dentro del proceso judicial, se analizan todos estos preceptos, a fin de emitir un pronunciamiento que se basa en los hechos, y en lo que se logra justificar dentro de la fase procesal, realizando un análisis pormenorizado de cada uno de estos, para que, en aplicación a la imparcialidad e independencia judicial, se respeten cada una de la garantías básicas de los procesos penales. Es importante conocer la teoría que ha sido manejada tanto por Fiscalía como titular de la acción penal pública, así como los elementos probatorios en los que funda su acusación, y en las pruebas y fundamentos que baso el Tribunal de Garantías Penales su decisión, que deberá estar al apego de la legalidad, así como de los derechos y garantías constitucionales, por lo que, la Función Judicial deberá realizar un análisis minucioso, en el que no se transgredan los derechos de los ciudadanos.

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Cualquier acto de violación es un hecho repudiable

Cualquier acto de violación es un hecho repudiable. Transgredir sexualmente a una persona, no solo deja daños físicos, sino también graves secuelas psicológicas. Ningún hombre tiene derecho a perpetrar a una mujer sin su consentimiento y mucho menos de la manera tan atroz como se lo hizo en el caso de violación a «Martha», quien, a más de ser ultrajada sexualmente por tres individuos, fue brutalmente agredida, generando así daños severos a su cuerpo.

Actos como este, se producen día a día en el Ecuador y es inaudito que la mayor parte de veces sea la víctima y no el victimario el que sea juzgado por la sociedad. No es que la mujer al usar cierta prenda de vestir sea la culpable por provocar a los hombres, o que cuando camine sola por la calle, este buscando ser acosada o agredida por cualquier individuo.

Esto se trata de respeto a la integridad, tanto física como emocional, que nos merecemos todos los seres humanos, que exista una equidad de género donde todos podamos caminar tranquilos por las calles, sin miedo de que en cualquier momento nuestra integridad sea ultrajada.

Tanto hombres como mujeres debemos exigir al estado una justicia eficaz, la cual deje de proteger a los violadores y acusar a la víctima; una justicia donde el victimario deje de cumplir la condena mínima otorgada por jueces saturados de “proceso de mayor importancia”, minimizando así, a quienes realmente somos los que demandamos de una mejor sociedad.

El estado cuenta con herramientas adecuadas para alcanzar estas metas, sólo basta con mirar la Constitución y darse cuenta que, si la justicia va fracasando en nuestro país, no es porque hay impedimentos legales, sino, falta de voluntad de los actores de justicia.

Mientras tanto, seguiremos luchando por una aplicación adecuada de justicia y sabremos esperar pacientes, que los encargados de estos desaciertos, acaben de abrir los ojos.

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Reducción del 10% del personal en el sector público

El 06 de febrero del 2019, la Empresa Coordinadora de Empresas Públicas dispuso la reducción del 10% del personal en el sector público, esto en cumplimiento con el Decreto efectuado por parte del Ejecutivo, en el mismo que, en aplicación de las Normas de Optimización y Austeridad del Gasto Público se ha ejecutado varias formas de aplicación. Tal hecho, ha generado varias opiniones y criterios por parte de la ciudadanía, ya que se ha especulado sobre la posible transgresión a derechos de los funcionarios afectados.

Al hacer un recuento en la historia política de nuestro país, podemos rememorar que en los gobiernos de décadas atrás ya se dio paso a la aplicación de la Modernización del Estado que iba de la mano con el apoyo por parte del gobierno al sector privado, tal hecho se mantuvo hasta el anterior Gobierno, el mismo que de forma errada, aplicó el principio de que el crecimiento era económico y lo debía mantener el sector público y no el privado, pues se creía que este era el medio para generar fuentes y recursos al país, lo que conllevo la creación de partidas, departamentos, ministerios y cargos en el sector público con el fin de dar cumplimiento a la ideología política del gobernante, consecuentemente la deuda creció y el país se vio enfrascado en una crisis económica exuberante.

Las Normas de Optimización y Austeridad del Gasto Público, creadas en este gobierno como decreto directo del ejecutivo no son más que medidas emergentes que el presidente está en competencia de emitir, puesto que es necesario que se depuren aquellos servidores que no están dando cumplimiento a cabalidad con las funciones que deben ejercer, también es importante eliminar aquellos cargos que han sido creados sin necesidad explícita y que lo único que han generado, es un estancamiento procesal, pues producen dilatación en el ejercicio de las potestades y servicios brindados por el sector público. La reducción de la nómina de trabajadores es una de las formas de reducir el gasto público, otras empresas públicas por cuestiones operativas han optado por la reducción en sueldos a los administradores, quienes mantenían sueldos exorbitantes que no se veía justificación alguna para que tal valor sea sustentado por el Estado.

La austeridad según Guillermo Cabanellas está definida como el “Estricto Régimen de economía en la Administración Pública». Es momento que los ecuatorianos entendamos que las medidas que son tomadas por la administración tienen el único fin de precautelar y mejorar la situación económica del país, es momento de tomar decisiones de forma urgente, y es así como está actuando el gobierno, independientemente de los resultados, es necesario tomar medidas que permitan sacar a flote nuestra economía; esperemos que, las medidas tomadas, sean elocuentes y alcance los objetivos planteados en el menor tiempo posible.